martes, 23 de febrero de 2016

En gaceta aumento salarial y cesta ticket - producción + gasto. Que cosas!!! (2ª parte)

Como si fuera poco el aumento de la unidad tributaria, el gobierno nacional decretó un aumento en el valor del beneficio de alimentación, el mismo fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela de fecha viernes 19 de febrero de 2016, el Decreto N° 2.244, mediante el cual se ajusta el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a dos y media Unidades Tributarias (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras.
DECRETO
Artículo 1°: Se ajusta el pago del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados, a dos y media Unidades Tributarlas (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley el Cestatlcket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.
Artículo 2°: Las entidades de trabajo del sector público y privado, ajustarán de conformidad a lo establecido en el artículo 1° de este Decreto, el beneficio de Alimentación denominado “Cestaticket Socialista” a todos los trabajadores y las trabajadoras a su servicio.
Artículo 3°: El ajuste mencionado en el artículo 1° de este Decreto, es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores y empleadoras de todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 4°: Queda encargado de la ejecución de este Decreto el Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.
Artículo 5°:. Este Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2016.
Para efectos de cálculo del mes de Febrero 2016 hay dos valores a considerar, uno a 150,00 y otro a 177,00 como se puede observar en la siguiente tabla:
 A partir del 01 de marzo el cestaticket quedaría como sigue:



A continuación puede descargar la gaceta oficial:

https://files.acrobat.com/a/preview/8984783c-d47a-4e6d-941e-967d1ec7e4ab

Lo que si queda claro (por lo menos yo lo veo así) es que en esta oportunidad el trabajador ha perdido un poco, ya que el cestaticket socialista ha quedado por encima del salario básico y al no tener carácter salarial no se toma en cuenta para el calculo y pago de las prestaciones sociales y beneficios laborales... una desmejora? quisiera que me respondieran esta simple interrogante alguien que siga este proceso...

No hay comentarios:

Publicar un comentario