En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.296 de fecha 2 de mayo de 2017, fue publicado el Decreto N° 2.833 de la Presidencia de la República, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.
• Se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a cuatrocientas cincuenta Unidades Tributarias (450 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.
• Los empleadores y empleadoras tanto del sector público como del sector privado, pagarán a cada trabajador y trabajadora en efectivo o mediante abono en su cuenta nómina el monto por concepto de Cestaticket Socialista, expresando en recibo de pago separado el monto que resulte por los días laborados, así como indicando que el mismo no genera incidencia salarial alguna, y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, salvo las que expresamente autorice el trabajador para la adquisición de bienes y servicios en el marco de los programas y misiones sociales para la satisfacción de sus necesidades.
• El ajuste del valor del Cestaticket Socialista es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores y las empleadoras en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
• Las entidades de trabajo de los sectores público y privado, que mantienen en funcionamiento el beneficio por medio de comedores, adicionalmente y en forma temporal, deberán otorgar dicho beneficio en efectivo o mediante depósito en la cuenta nómina.
• Se otorga un plazo de treinta (30) días, contado a partir de la publicación de este Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, para que las entidades de trabajo pública y privada, adecúen los sistemas de nóminas para proceder al pago del Cestaticket Socialista a los trabajadores y trabajadoras, en dinero efectivo en sus cuentas.
• Los cupones, tickets y tarjetas electrónicas de alimentación que ya hubieren sido emitidas mantendrán su validez y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
Las empresas proveedoras o administradoras de Los cupones, tickets y tarjetas electrónicas de alimentación deberán garantizar el uso de los referidos instrumentos en los establecimientos destinados a tal fin.
La ejecución de este Decreto queda a cargo del Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.
Este Decreto entró en vigencia el 1° de mayo de 2017.
Les dejo la siguiente imagen que resumen lo más importante del nuevo decreto, espero les sea de utilidad:
Por acá pueden descargar la gaceta:
Ahora bien, como comenté al principio el pago en "efectivo" del cestaticket socialista puede no resultar tan beneficioso para los patronos.
La Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras en su Artículo 105 Numeral 2 establece que: "El cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores y las trabajadoras a través de servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula la materia." (Subrayado mío)
En vista de esta situación, es recomendable que el patrono establezca mecanismos que permitan llevar un control apropiado de dicho pago, emitiendo recibos de pagos distintos a los de nomina y me atrevo a sugerir pagarlo por separado del sueldo y hasta en distinta fecha. El manejo apropiado de esta situación evitará contratiempos en el futuro.
Otro punto a resaltar es el limite del monto a pagar, que es de 450 UT al mes, lo que significa que el pago por día es de 15 UT que es Bs. 4.500,00 por día; el patrono no debe pagar más de eso, así el trabajador (a) haga horas extras o doble turno. El pago es por jornada de trabajo y ya, esto no es aliciente para motivar a los trabajadores, todo lo contrario. Si el patrono quiere pagar algo adicional tendrá carácter salarial y afectara todos los demás beneficios como utilidades y prestaciones sociales.
Lamentablemente el orden legal se ha perdido en el país y aunque no soy abogado, no termino de entender como han cambiado lo establecido en la ley por medio de un simple decreto. Aquí comparto la nota académica del Lcdo. Eliezer Piña, especialista laboral:
"Se elimina las modalidades de pago que establece la Ley del Cestaticket socialista, acá si dejo el tema a mis amigos abogados, pero creo que un decreto no podría reformar una ley, pues esta solo se reforma por otra, repito dejo esta observación en manos de mis amigos abogados, en cualquier caso lo que si me preocupa es que el articulo 3 del mencionado decreto es expreso cuando establece que solo se puede pagar el beneficio en dinero efectivo, o mediante un abono en su cuenta de nómina, y que se debe emitir un recibo de pago aparte.
En este sentido debo ser muy responsable, indicando que considero peligroso esta modificación, debido a que revisando las sentencias de la Sala de Casación Social del TSJ, encontramos muchas sentencias, que han generado un criterio reiterado respecto a este tipo de pagos y cuando se consideran parte del salario, y lo mismo ocurre con la Sala Constitucional, indicando que dentro de las características de un elemento para ser considerado salario, se encuentra el de la libre disponibilidad, si bien es cierto antes se daba esta desviación, también era cierto que no era propiciada por los patronos que se pueden llamar responsables, sino por por actores ajenos a la relación de trabajo.
En este escenario se invita y ahora se obliga a participar al patrono, en un juego peligroso, pues si no cumple lo sancionan pero si cumple corre el riesgo de ser salario un beneficio que aunque el propio decreto dice que no, no hay seguridad que venga un Juez y utilice el criterio protectorio y de interpretación favorable y falle a favor del trabajador, generando un problema de algo que debió ser una solución."
Creo firmemente que muchos trabajadores están muy preocupados con estos aumentos de salario y cestaticket, porque dicho aumento no representa ninguna mejora ya que a la par aumenta la inflación que acaba con todo. Además el gobierno está generando un mayor incremento en un beneficio NO SALARIAL lo que se traduce que el 75% del ingreso de los trabajadores y trabajadoras no les brinda garantía social de ningún tipo.
Los días por venir estarán llenos de retos, la situación nos obliga a ser resilientes y salir adelante, como contador público siempre dispuesta a brindar apoyo en lo que sé, que es aportar lo que he aprendido y sigo aprendiendo.
Gracias por leer mi blog!!!

